Edición 363 Año 14; Chihuahua, Chih. México Fundador: Javier Salinas †, Gerente General: C.P. Irene Quintana
¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 1 de octubre?
El próximo martes 1 de octubre será asueto oficial, pero en caso de que tengas que trabajar deberás recibir un pago extra, aquà te explicamos.
El 1 de octubre fue declarado como asueto oficial cada seis años por el cambio de presidente en México.
La Ley Federal del Trabajo considera como asueto oficial el 1 de octubre, es por ello que las personas deben descansar.
Pero ¿Qué pasa si alguien debe trabajar el 1 de octubre?
La Ley Federal de Trabajo establece claramente que los trabajadores no están obligados a laborar el 1 de octubre de 2024, ya que se considera un dÃa de descanso obligatorio.
En caso de que, debido a la naturaleza de su trabajo, alguien deba laborar ese dÃa, la empresa estará obligada a pagar el salario correspondiente de ese dÃa, además de un salario doble, de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 75 de la LFT.
Es decir, el empleado que trabaje el próximo martes 1 de octubre tendrá un pago triple.
El artÃculo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala los siguientes dÃas de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Publicado el día DOMINGO 0//0000